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Jueves, 23 de Mayo de 2013
Paso de los Libres
Corrientes - Argentina
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Política

Avanza el Proyecto para la instalación de desfribiladores en áreas públicas

Los diputados Alicia Locatelli y Carlos Rubin piden que se cuente con esta tecnología en lugares de acceso masivo y público como prevención. La medida logró media sanción en la Cámara Baja y ahora pasó al Senado.

El proyecto de Alicia Locatelli y Carlos Rubin que promuebe la
istalación de desfibriladores externos automáticos en áreas públicas se encamina a ser ley luego de pasar de la Cámara de Diputados a la de Senadores. Se trata de la norma que establece obligatoriamente la provisión de estos elementos tecnológico-clínicos en lugares donde suele haber gran cantidad de personas como ser comisarías, terminal de colectivos, oficinas públicas, entre otros. La medida serviría para asistir al paciente cardíaco en caso de una emergencia. Al respecto, el caso conocido más reciente al que se adecua el proyecto es el ataque que sufrió una mujer hace pocas horas mientras viajaba en un micro de larga distancia de Corrientes a Formosa.

Entre los puntos más importantes de esta normativa se pide la creación de espacios cardioprotegidos, consistente en la instalación, puesta en funcionamiento, mantenimiento y personal capacitado para la correcta utilización de un Desfibrilador Externo Automático (DEA). Se ubicará obligatoriamente en los lugares públicos y privados de concurrencia masiva o de alto riesgo.

También se establece en el artículo dos que "Las obligaciones
establecidas en la Ley estarán a cargo del propietario, locatario,
organizador del evento o administrador del lugar, según el caso".
Además, Rubin y Locatelli formulan que "Los establecimientos
comprendidos por esta Ley deberán contar, en todo momento de actividad o permanencia de personas, con personal capacitado técnicamente en forma continua y periódica para el uso de DEA, y promover el entrenamiento y capacitación de sus agentes en técnicas de resucitación cardiopulmonar (RCP) básica, que será implementado por el Instituto de Cardiología de Corrientes y determinada por el Poder Ejecutivo Provincial.

Respecto de La Autoridad de Aplicación deberá:

Determinar los parámetros de concurrencia masiva y de alto riesgo en los términos de la presente Ley. Establecer un cronograma para la implementación progresiva en los ámbitos alcanzados por la Ley, comenzando por los de mayor concurrencia. Y determinar y organizar dicha capacitación. Asimismo deberá realizar la promoción y difusión de la Ley; Suscribir convenios con aquellas instituciones que realicen
capacitación al personal y miembros de la comunidad de acuerdo a los parámetros exigidos, enunciativamente Sociedad de Cardiología de Corrientes y Federación Argentina de Cadiología y finalmente deberá establecer cualquier otra disposición que colabore con la mejor implementación de la Ley", según lo planteado por la dupla legislativa justicialista.


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