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Política
Por Ley, alumnos deberán jurar lealtad a la Constitución Nacional y Provincial
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Jueves, 14 de agosto de 2014

Corrientes (14-8-14): La Cámara de Diputados convirtió en ley el proyecto que establece que los alumnos del último año del nivel secundario, de toda la provincia, deberán prestar juramento de lealtad a la Constitución Nacional y Provincial. La norma establece que la jura se realice el día hábil siguiente al 1 de mayo de cada año, oportunidad en que se celebra el “Día de la Constitución Nacional. Además, se entregará a cada alumno un ejemplar de las Constitución de la Provincia de Corrientes. Cabe reflexionar que si bien la norma es adecuada, también la Cosntitución debería ser respetada y actuar de acuerdo a ella por los propios legisladores y gobernantes que juraron respetarla pero que mediante interpretaciones rebuscadas siempre tratan de violarla, los ejemplos son vastos en nuestra provincia y no se hace nada para enmendarlo.

Durante la sesión Nº 19, realizada este miércoles 13 de agosto, la Cámara de Diputados de Corrientes convirtió en ley, el proyecto –venido en revisión del Honorable Senado- que establece que los alumnos del último año del nivel secundario, presten juramento de lealtad a la Constitución Nacional y Provincial.

La norma, establece además, que se entregará a cada alumno un ejemplar de la Constitución de la Provincia de Corrientes, en el acto de jura a realizarse el día hábil posterior al 1 de mayo en que se celebra el “Día de la Constitución Nacional”. El objetivo de la ley aprobada es reflexionar sobre los significativos, importancia y efectividad de los postulados normativos de nuestra Constitución, particularmente los derechos y garantías de los habitantes y la observancia de los valores democráticos.

La parte resolutiva de la ley reza: “los alumnos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos de la jurisdicción de la Provincia de Corrientes realizarán un acto de ¨PROMESA DE LEALTAD A LA CONSTITUCION NACIONAL y A LA CONSTITUCIÓN DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES¨ el primer día hábil siguiente al 1º mayo de cada año, declarado ¨Día de la Constitución¨, por la Ley Nº 25.863”.



Jueves, 14 de agosto de 2014

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