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Economía
La AFIP extendió el plazo para adherir al plan de facilidades de pago de deudas impositivas
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Sábado, 30 de mayo de 2015

Bs. As. (30-5-15): A través de la Resolución 3774, que se publicará el lunes 1 de junio en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 30 de junio inclusive el plazo para adherirse al Régimen Especial de Facilidades de Pago establecido en la Resolución General 3756.

En la resolución a la que accedió Infobae, la AFIP explicó que debido a que "la norma estableció un régimen especial para la cancelación de deudas impositivas, de los recursos de seguridad social y aduaneras vencidas el 28 de febrero de 2015, inclusive" y que como "se ha observado que la medida ha resultado exitosa dada la amplia adhesión de los contribuyentes", resolvió aplazar el vencimiento hasta el último día de junio.

De igual forma, precisó que "por las dificultades propias de muchos de los contribuyentes previo a la adhesión al Régimen", no se pudo cumplir con los plazos establecidos en la primera resolución y que para posibilitarlos de cancelar las deudas, "resulta aconsejable aconsejable fijar una nueva fecha para la adhesión".

Si bien hasta anoche se había anunciado que no iba a haber una nueva prórroga de moratorias, el director de la AFIP, Ricardo Etchegaray, firmó hoy la resolución de la extensión al llegar de su viaje a París.

El programa fue lanzado por el Gobierno hacia fines de marzo y ofrece un plan de regularización de hasta 120 cuotas con una tasa de interés del 1,9 por ciento mensual, con un pago inicial del 7 por ciento del total a refinanciar. Se puede incorporar al sistema deudas por IVA, Ganancias, Bienes Personales, aportes de seguridad social, contribuciones de seguridad social, multas aplicadas por la Aduana, cargos suplementarios por diferencias de valor o cantidades declaradas en operaciones de comercio exterior y planes de facilidades caducos al 31 de marzo de 2015.

Para ingresar al plan los contribuyentes interesados deberán acreditar la misma cantidad de personal al cierre de 2014, contemplándose las condiciones de estacionalidad de ciertas actividades. Además deberán estar al día con los vencimientos y declaraciones juradas presentadas y pagadas de marzo y abril de 2015. Las empresas tiene una cuota mínima de 500 pesos por mes, mientras que para los monotributistas es de 150 pesos. Los pagos se realizarán a través de débito automático.

Según las disposiciones vigentes, el plan caducará si el contribuyente no paga una de las cuotas después de los 30 días de su vencimiento o si no paga en tiempo y en forma sus obligaciones corrientes vencidas con posterioridad al 28 de febrero de 2015. De esta forma, el Gobierno busca obtener recursos adicionales en momentos en que el déficit fiscal se disparó a 70 mil millones de pesos en el primer trimestre.



Sábado, 30 de mayo de 2015

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