Corrientes (27-5-13): El kirchnerismo de la Legislatura anunció que presentarán un proyecto de resolución pidiendo un informe de la situación patriomonial de Ricardo Colombi. A continuación se transcribe el proyecto que presentaron esta mañana ante la prensa.
PROYECTO DE RESOLUCION
INICIATIVA: Bloque FRENTE PARA LA VICTORIA y otros.
TEMA: INFORMES SITUACION PATRIMONIAL GOBERNADOR
FUNDAMENTOS:
El Señor GOBERNADOR DE LA PROVINCIA , Dr. HORACIO RICARDO COLOMBI, se encuentra investigado por la JUSTICIA FEDERAL en el expediente: “ GONZALEZ MORENO, Hernán s/ Denuncia sup. DELITO DE ACCION PUBLICA”, Expte. No 2-20-343/09, donde se ha requerido instrucción por los delitos de ASOCIACION ILICITA, ENRIQUECIMIENTO ILICITO e INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PUBLICO.-
En Noviembre de 2010 legisladores provinciales denunciaron penalmente y lo expresaron en conferencia de prensa la presunción de la existencia de los delitos mencionados a los cuales se agregó la omisión y falseamiento de declaraciones juradas patrimoniales.-
Es el caso, que el actual GOBERNADOR se ha resistido a estar a derecho para ejercer su derecho de defensa y demostrar la licitud de su patrimonio, presentando incluso una acción en la Justicia Provincial en autos: “ ACCION DE HABEAS CORPUS interpuesta por Sr. COLOMBI, Ricardo “, Juzgado Criminal No 2 de la ciudad de CORRIENTES, donde se ha resuelto evitar que se presente a declarar como corresponde a cualquier ciudadano.-
La Ley de ETICA PUBLICA de CORRIENTES, No. 5911, sancionada por imperativo del artículo 29 de la Carta Magna provincial. establece como DEBER ETICO GENERAL la INTEGRIDAD del funcionario público y la define en el artículo 11 inciso 6) como:
6º) Integridad. Debe conducirse en el desarrollo de sus funciones con dignidad, decoro, poniendo en la ejecución de sus labores toda su capacidad, conocimiento y experiencia laboral. En cualquier circunstancia debe actuar de tal forma que su conducta genere y fortalezca la confianza de la colectividad institucional y del público sobre su integridad y prestigio para beneficio propio y del Estado Provincial.
Nuestra CONSTITUCION PROVINCIAL indica al final del artículo 6:
“…Es obligación de los funcionarios y empleados públicos, acusar toda publicación en que se les imputen faltas o delitos cuya averiguación interese a la sociedad.”
En consecuencia, no hay norma alguna de procedimiento penal ni constitucional que impida la declaración indagatoria del GOBERNADOR y menos en cuanto a la licitud de su patrimonio donde existe un DEBER LEGAL Y ETICO DE JUSTIFICAR SUS BIENES, lo cual no ha hecho hasta el presente siendo su CONDUCTA AMBIGUA Y EVASIVA un claro incumplimiento del DEBER ETICO DE LA INTEGRIDAD y de los PRINCIPIOS DE TRANSPARENCIA de LA FUNCION PUBLICA establecidos en los artículos 6 y 29 de la CONSTITUCION PROVINCIAL.-
Ante esta grave situación institucional el PODER LEGISLATIVO no puede permanecer ajeno, y se requiere como mínimo requerir la información necesaria al propio GOBERNADOR y a los organismos pertinentes para determinar las acciones a seguir conforme la normativa vigente, proponiéndose al efecto el siguiente PROYECTO DE RESOLUCION.-
POR LO EXPUESTO
LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES
RESUELVE
ARTICULO 1: DIRIGIRSE al Señor GOBERNADOR DE LA PROVINCIA a fin de que en los términos de los artículos 6 y 29 de la CONSTITUCION PROVINCIAL se expida públicamente sobre las denuncias penales existentes en el expediente judicial “ GONZALEZ MORENO, Hernán s/ Denuncia sup. DELITO DE ACCION PUBLICA” Expte. No 2-20.343/09 y se presente a estar a derecho como legalmente corresponde.-
ARTICULO 2: REQUERIR a la Escribanía General de Gobierno de la PROVINCIA DE CORRIENTES y a la HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION remita copias de las declaraciones juradas del GOBERNADOR de la PROVINCIA Dr. HORACIO RICARDO COLOMBI.-
ARTICULO 3: SOLICITAR al JUZGADO FEDERAL de CORRIENTES copia de las actuaciones producidas en la causa: “ GONZALEZ MORENO, Hernán s/ Denuncia sup. Delito de Acción Pública, Expte. No 2-20.343/09.-
ARTICULO 4: PETICIONAR a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS ( AFIP) copia de la RESOLUCION determinativa de oficio No 36/13 ( DV RPOS) de la Dirección Regional Posadas y de todas las actuaciones complementarias, por la cual se determina la materia imponible en cabeza del Dr. Horacio Ricardo Colombi en el Impuesto a las Ganancias período fiscal 2007 en la suma de $ 510.090,29.-
ARTICULO 5: De forma.-
Lunes, 27 de mayo de 2013