Bs. As. (17-3-16): Luego que desde el gobierno emprendieran una loca carrera contra el Grupo Indalo de Cristobal López, a quien se lo coloca cerca dentro del entorno del kirchnerismo, el cual es poseedor de diversos negocios, entre ellos la comunicación donde sobresalen el canal de televisión C5N, Radio 10, la productora Ideas del Sur, entre otros medios, y es en este aspecto que desde el macrismo se la emprendió contra el grupo a fin de cobrarle una deuda, que en un principio decían que López debería pagarla en forma inmediata, con la AFIP de $ 8000 millones, con la evidente intención de acallar los medios que hoy son independientes del gobierno nacional, la sorpresa fue que luego de efectuar un pormenorizado análisis dan cuenta que el Grupo, si bien debía dicha suma, estaba acogido a facilidades de pago con la entidad fiscal por lo cual no presentaba ninguna irregularidad. A su vez como López también es dueño de la petrolera OIL, en donde se genera gran parte de la deuda, la Afip modifica un artículo de la Ley a la cual estaba acogido el Grupo Indalo y decide excluir de las facilidades de pago al Impuesto a la Transferencia de Combustible (ITC), situación que deja a las claras que todas las especulaciones y denuncias mediáticas del gobierno macrista y sus operadores, era tan solo una operación tendiente a acallar voces críticas.
Cambiaron la Ley 11.683 de Régimen de Facilidades de Pago, al incluir dentro del artículo 3 de la norma que establece los conceptos que están excluidos del régimen de facilidades, al impuesto a la Transferencia de Combustibles.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) modificó este miércoles el plan especial para la regularización de deuda tributaria y dispuso excluir del programa de facilidades al impuesto a la Transferencia de Combustibles (ITC).De esta manera dejaron expusto que el régimen utilizado por el Grupo Indalo para normalizar la deuda con el fisco era legal.
"Incorpórase al Artículo 3° como inciso ñ), el siguiente: ñ) El Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural establecido por el Título III de la Ley N° 23.966, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, el Impuesto sobre el Gas Oil y el Gas Licuado previsto por la Ley N° 26.028 y sus modificaciones, y el Fondo Hídrico de Infraestructura creado por la Ley N° 26.181 y sus modificaciones", indica la nueva resolución de la AFIP.
Con esta exclusión, la AFIP deja afuera del régimen de pagos el concepto ITC que tiene vigente el Grupo Indalo en su plan para regularizar la deuda de 8 mil millones de pesos ante el organismo. Esto sucede después de que el diario La Nación publicó una denuncia por la morosidad del grupo con el impuesto a los combustibles. La empresa de Cristóbal López es dueña de la petrolera OIL.
Jueves, 17 de marzo de 2016