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Política
El Senado autorizó el voto electrónico
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Jueves, 10 de julio de 2008

En la sesión de hoy, la Cámara alta de la Provincia aprobó el proyecto de ley por el cual se autoriza al Poder Ejecutivo y a la Junta Provincial Permanente la implementación del voto electrónico. También le dio media sanción a la Prueba Pericial Anticipada.


En su décima sexta sesión ordinaria la Cámara Alta, presidida por Tomás Rubén Pruyas le dio media sanción a los proyectos presentados por Horacio Colombo por el que se incorpora al Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Corriente la "Prueba Pericial Anticipada" y por el que se autoriza al Poder Ejecutivo y a la Junta Electoral Permanente la implementación del voto electrónico en las próximas elecciones provinciales.

Ambos proyectos, en una rápida sesión con solo estos dos temas en el orden del día, fueron aprobados por la totalidad del cuerpo.

En lo que respecta a la "Prueba Pericial Anticipada" se busca incorporarla al Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Corrientes, cómo Artículo 326 bis, el siguiente texto: "En todas las acciones judiciales donde las partes hayan ofrecido la prueba pericial y acompañados los interrogatorios periciales con los puntos a peritar, una vez contestada la demanda por los emplazados, el tribunal antes de ordenar la producción de la restante prueba ofrecida por las partes, designará a los peritos que intervendrán para el correspondiente informe pericial, que se practicará con intervención de las partes y de los consultores designados por las partes, que refrendarán la pericia o practicarán las observaciones e impugnaciones que correspondieren. Audiencia de Conciliación: Inmediatamente de concluida la pericia y resueltas las observaciones e impugnaciones practicadas por las partes, el tribunal convocará a una audiencia de conciliación a la que concurrirán las partes personalmente, sus letrados, el perito y los consultores técnicos de parte, en la que se procurará con los resultados de la pericia, que las partes se avengan a un acuerdo resolutorio de todas las cuestiones en litigio, homologándose por el tribunal, en su caso, lo convenido por las partes. Ausencia de acuerdo: En caso de no lograrse en dicha audiencia, que las partes se avengan para dar por concluido el proceso, las actuaciones proseguirán en la forma dispuesta por este Código." ¬



En sus fundamentos el senador Colombo manifestó que los Tribunales Civiles y Comerciales de la Provincia de Corrientes se encuentran excedidos por la sobrecarga de causas iniciadas en procura del cobro por Daños y Perjuicios derivados de la Responsabilidad Contractual y Extracontractual, en procesos que a pesar de la predisposición al trabajo de los agentes del Poder Judicial, en atención a los tiempos del proceso y la producción de todas las pruebas que al efecto establece el Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia, con independencia de su resultado, terminan convirtiéndose en una administración de justicia tan demorada, que pierde la esencia que el concepto de Justicia abarca.



Asimismo señala que dentro de las diferentes pruebas que establece el Código Procesal Civil y Comercial, la prueba pericial prevista a partir del artículo 457, es sin lugar a duda la que mayor relevancia adquiere para que el Juez establezca en su Sentencia la procedencia de los hechos de la demanda y de su contestación, así como la existencia del daño reclamado, la relación de causa y efecto de los hechos denunciados, la justipreciación del daño y en definitiva, la procedencia o no, total o parcial, de la demanda.



Voto Electrónico



El voto electrónico se trata de una urna con pantalla digital y un teclado, y no es muy conocido en el país, aunque ya hubo pruebas pilotos en varias provincias y hasta llegó a implementarse en algunas elecciones.

Sobre el nuevo proyecto, visualizado para "las elecciones de 2009", el senador aclaró que se trata de "una autorización al Poder Ejecutivo y a la Junta Electoral Permanente para que lo implementen", habida cuenta "los grandes resultados que ha dado en los principales países del mundo".

Al argumentar la llegada del sistema de "voto electrónico", el senador Colombo reconoció que "algunos se oponen por desconocimiento y otros porque no les conviene porque desaparece la prebenda".

También subrayó que el sistema ofrece "muchas garantías de seguridad y hay miles de posibilidades de controles cruzados para el sistema. Puede implementarse aun en los más apartados lugares y sin necesidad de la existencia de electricidad, ya que pueden funcionar con pantallas de energía solar, sin ningún inconveniente", argumentó Colombo.

Si bien "se sugieren algunas alternativas", Colombo aseguró que la disposición de "elegir el sistema más conveniente queda librado al criterio del Poder Ejecutivo, ya que deben atenderse no solamente los aspectos técnicos, sino también los económicos y financieros", sostuvo.


Jueves, 10 de julio de 2008

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