Jueves, 1 de Mayo de 2025
  
01/05/2025 16:11:36
Política
Se concretó la reunión binacional por el Transito Vecinal y se firmó un acta acuerdo
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Jueves, 11 de noviembre de 2021

Paso de los Libres (11-11-21): Se concretó la reunión de las autoridades argentinas con las brasileñas a fin de determinar, a partir de la Notificación de la Jefatura de Gabinete de la nación los procedimientos y requisitos para el ingreso de ciudadanos argentinos y extranjeros por el paso del Puente Internacional que une paso de los Libres y Uruguayana, por parte de la Argentina se procederá a dar cumplimiento a la misma a partir de mañana sin restricción horaria ni cupo de ingreso, por parte del Brasil las autoridades presentes de la Receita Federal y la Policía Federal manifestaron que ya habían remitido la semana pasada el requerimiento a las autoridades sanitarias de su país y esperaban la respuesta del organismo, inclusive el jefe de la Receita tuvo una comunicación telefónica durante el encuentro, extraoficialmente se espera que para la semana venidera se tendrá una respuesta afirmativa del Brasil y se podrá dar comienzo al tránsito vecinal con total reciprocidad entre ambas naciones.

En la conclusión del acta acuerdo queda expresamente asentado lo siguiente
Por tanto las autoridades presentes acordaron
A) Por parte de los organismos nacionales procederán a dar cumplimiento a los establecido en la decisión Administrativa 1103/2021 a partir de las 08 hs. del día 12 de noviembre de 2021 sin límite bde horario ni de cupo de ingreso.

B) En tanto las autoridades brasileñas de la Receita Federal y Policía Federal darán cumplimiento a la misma a partir de la notificación por parte de ANVISA (Agencia nacional de Vigilancia Sanitaria), autorización esta que ya fuera requerida, obligándose el delegado de la Receita Federal a notificar dicha autorización en forma inmediata a su recepción, de manera tal de que los ciudadanos argentinos residentes fronterizos en la ciudad de paso de los Libres puedan ingresar a la República Federativa del Brasil en los términos de la Portaría 658/2021 artículo 4to parágrafo 2do inciso 3.

Los requisitos para el ingreso a nuestro país de acuerdo a la Decisión Administrativa son los siguientes:

I. Deberán acreditar ante la autoridad migratoria su domicilio a una distancia no mayor a cincuenta (50) kilómetros de los corredores seguros terrestres habilitados para el ingreso al territorio nacional o que se habiliten en un futuro con la documentación de viaje vigente.

II. Deberán acreditar haber completado el esquema de vacunación con la última dosis aplicada al menos catorce (14) días previos al ingreso, conforme el criterio definido por las autoridades sanitarias del país de vacunación, cumpliendo con los protocolos y controles de las provincias con pasos fronterizos terrestres habilitados como corredores seguros, según corresponda.

III. Deberán contar con un test de antígenos realizado dentro de las veinticuatro (24) horas previas al ingreso al país y/o PCR realizado en el país de origen dentro de las setenta y dos (72) horas previas al inicio del viaje.

El costo del test al que se hace referencia quedará a cargo de la persona que ingrese al país.

IV. Las personas vacunadas con esquema completo y testeadas conforme lo establecido en los apartados II y III del presente inciso 4.d. con resultado negativo estarán eximidas de realizar la cuarentena prevista en el artículo 7°, inciso d) del Decreto N° 260/20 y sus normas modificatorias y complementarias.








Jueves, 11 de noviembre de 2021

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