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Política - Fraude
ANSV retira a la Municipalidad de Bonpland permiso para uso de cinemómetros por crear “trampas de velocidad”
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Miércoles, 9 de octubre de 2019

Bonpland (9-10-19): El Directorio Ejecutivo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial suspendió por seis meses la autorización que había otorgado en 2017 a la Municipalidad de Bonpland para uso de dos cinemómetros controladores de velocidad de instalación móvil con registro gráfico de captura marca Trucam para operar sobre la Ruta Nacional N° 14 desde el km. 469 al km. 474, en ambos sentidos de circulación, por crear "trampas de velocidad" durante los operativos y demostrar "desapego a las normas", entre otras irregularidades.


El Director Ejecutivo de la Agencia Naciional de Seguridad Vial, Carlos Alberto Perez, suspendió por seis meses la autorización que había otorgado en 2017 a la Municipalidad de Bonpland para uso de dos cinemómetros controladores de velocidad de instalación móvil con registro gráfico de captura marca Trucam para operar sobre la Ruta Nacional N° 14 desde el km. 469 al km. 474, en ambos sentidos de circulación.

Además, instruyó a la Municipalidad de Bonpland, a que durante los seis meses de suspensión adopte las medidas pertinentes con la finalidad de adecuar los operativos de control de velocidad a la normativa vigente y acreditarlo de manera fehaciente, a efectos de que esta ANSV evalúe su continuidad o la tramitación de la baja definitiva de la autorización y homologación de uso otorgada en 2017.

La orden administrativa fue expedida por Disposición 507/2019 el 30 de de septiembre pasado y comunicada formalmente el 2 de octubre.

En ella , también se instruye a la Dirección Nacional de Coordinación Interjurisdiccional a registrar la suspensión de los cinemómetros en el Registro Nacional de Cinemómetros Móviles de Control de Velocidad y a que realice el seguimiento y control del cumplimiento, por parte del Municipio de Bonpland.

IRREGULARIDADES
La suspención es librada luego de que la Agencia, el marco de auditorías aleatorias, constatara la implementación incorrecta de los operativos de control de velocidad.

Personal de esta ANSV se había constituido en varias oportunidades, sobre la Ruta Nacional Nº 14 del Municipio de Bonpland, Provincia de Corrientes, y constatado que los cinemómetros de instalación móvil autorizados se encontraban operando de modo irregular, contrariando la normativa vigente en la materia y las Disposiciones ANSV Nº 35/10, N° 294/10 y N°570/17.

Las irregularidades detectadas en las auditorías realizadas consistieron en el deficiente enconado de seguridad, que advierte la presencia de un puesto de control de velocidad, respecto de la distancia total de balizamiento y la escasa cantidad de conos, además, la cartelería indicativa de la presencia del mismo se encontraba a una distancia insuficiente a la luz de lo indicado por la Disposición Nº 294/2010, y que la misma no indicaba con claridad que se trataba de un operativo de control de velocidad.

Las observaciones mencionadas componen la creación por parte del Municipio de una “trampa de velocidad” que se activa cuando un conductor, no advirtiendo la presencia de un operativo de control mediante la utilización de cinemómetro controlador de velocidad de instalación móvil, en el caso en análisis, por la falta de señalización que lo advierta y la colocación del enconado de seguridad con la antelación prevista, tal como surge de la Disposición 294/2010, procede a frenar bruscamente generando un riesgo cierto de colisión, ante la maniobra intempestiva.

Además, se constató que el equipo cinemómetro controlador de velocidad era operado por personal que no se encontraba con la vestimenta adecuada para tarea que desempeña, en virtud de lo dispuesto el Art. 59 de la Ley 24.449.

INTIMACIÓN
Con motivo de las irregularidades detectadas la ANSV intimó al municipio para que cese todo control de velocidad, en rutas nacionales, que no se ajusten a la normativa vigente aplicable, y se abstenga de imponer multas en base a los registros gráficos obtenidos en los mismos, bajo apercibimiento del inicio de las acciones administrativas y legales que pudieren corresponder.

Con posterioridad a las comunicaciones realizadas por medio fehaciente, por la que se notificó e intimó a las autoridades municipales, bajo apercibimiento de suspensión de la homologación y autorización de uso otorgadas por Disposición ANSV Nº 570 de fecha 21 de noviembre de 2017, han vuelto a ser constatadas irregularidades en la realización de los controles de velocidad, por agentes de este Organismo.

De lo expuesto surge el incumplimiento sistemático de la normativa que regula el uso de los cinemómetros controladores de velocidad de instalación móvil, cuyo fin es el de salvaguardar la integridad física de los agentes de control y del público en general- y que no se adapta a lo establecido por el “Plan Nacional de Seguridad Vial", aprobado por Disposición ANSV N° 294/10 y en salvaguarda de los derechos de los usuarios de la vía lo que "denota un total desapego a las normas y desprecio a la finalidad última de las mismas; toda vez que pese a las intimaciones a ajustarse a la normativa vigente se optó por guardar silencio e insistir en la conducta irregular", indica la resolución de la ANSV.

Fuente: Momarandu.com


Miércoles, 9 de octubre de 2019

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