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Política
Senadores del PJ Proponen que más del 30% de los fondos de créditos se destinen a obras energéticas
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Jueves, 20 de marzo de 2014

Corrientes (20-3-14): El bloque del Partido Justicialista en la Cámara alta presentó un proyecto de ley a través del cual buscan establecer que del total de fondos que sean obtenidos de las operaciones de crédito público autorizadas a la provincia, se destine un porcentaje mayor al 30 por ciento para al financiamiento de obras de infraestructura en el sistema de distribución de la energía eléctrica, a fin de resolver el déficit en la prestación de ese servicio en la Provincia.


PROYECTO DE LEY

Autores: Senadores del Bloque PJ - FRENTE PARA LA VICTORIA

Tema: Determinación del destino de fondos para obras energéticas.

Fundamentos:

El 5 de enero de 2010, mediante Decreto Nº 7, el Poder Ejecutivo Provincial declaraba la “emergencia energética” en la Provincia de Corrientes por el término de 90 días. La medida fue dispuesta –según se expresa en los Considerandos de la norma- ante la crisis en materia energética que atravesaba la Provincia “…motivo por el cual este Gobierno debe tomar todas la medidas que estén a su alcance para tratar de paliar esta situación, como ser los trabajos de urgente reparación y mantenimiento sobre la infraestructura y equipamiento existentes, la adquisición de materiales y equipos, y la ejecución de obras que permitan contar con las instalaciones aptas para la prestación del servicio eléctrico a niveles de calidad compatibles con las necesidades de la población”.

Desde entonces, el Poder Ejecutivo fue prorrogando reiteradamente el plazo de la emergencia por Decretos 1388/10, 2137/10, 3697/10, 1379/11, 3128/11, 1402/12, 510/13, en todos los casos con similares o idénticos fundamentos para justificar la extensión del término, tales como que “algunas de las obras de consolidación del sistema energético provincial todavía no se han concluido y además deberán realizarse otras obras en vista a la próxima temporada estival, a fin de garantizar el abastecimiento de energía eléctrica en forma regular y continua ante un crecimiento exponencial del consumo”. “Que durante el período de emergencia energética la DPEC realizó un importante esfuerzo económico en la ejecución de obras y en la realización de medidas técnicas y de política energética, tendientes a contrarrestar las causas de la emergencia, lo que no resultó suficiente en el plazo determinado por la prórroga anterior”.

De acuerdo a estos y otros instrumentos normativos que el Poder Ejecutivo viene dictando desde hace casi un lustro, se pone claramente de manifiesto que la situación de “emergencia energética” de la Provincia no ha podido ser superada, y que muchas de las inversiones necesarias para la adecuada prestación del servicio eléctrico han sido demoradas inexplicablemente, llevando el déficit estructural en materia energética a prácticamente el colapso del sistema como ha ocurrido en el presente año.

No solo esas obras no se han realizado, sino que tampoco han sido ampliadas las redes existentes, ni se efectuó el mantenimiento adecuado de las centrales y las redes ya instaladas; es decir que no se acompañó con la inversión requerida la incorporación natural de mayor población usuaria, ni el incremento en el consumo de energía que se produjo como consecuencia del crecimiento económico que se tradujo en una notable mejoría en los niveles de ingresos de la población, y en el aumento de las actividades comerciales y productivas.

El 6 de diciembre de 2013 fue sancionada por esta Legislatura, la Ley N° 6251 de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración Provincial para el ejercicio 2014, en cuyo artículo 21 se autoriza al Poder Ejecutivo a realizar operaciones de crédito público hasta la suma de PESOS UN MIL SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS ONCE ($ 1.788.717.411).

Es verdad que el Presupuesto 2014 asigna fondos para algunas obras energéticas, pero ocurre que a pocos días de su aprobación se suscitó un agravamiento de la situación del servicio eléctrico en la Provincia que, casi colapsado, presentó severos inconvenientes en su prestación prácticamente todo el verano, poniéndose de manifiesto la grave crisis estructural y la falta de inversiones que el sector requiere, lo que obliga a reconsiderar el destino de los fondos autorizados a obtener mediante operaciones de crédito público, a fin de que no menos de un treinta por ciento (30 %) de dichos fondos sean utilizados para superar este problema.

El Poder Legislativo tiene asignadas importantes atribuciones en el proceso presupuestario, que no se traducen sólo en la aprobación del proyecto de Ley de Presupuesto que envía el Poder Ejecutivo. Por el contrario, el rol del Poder Legislativo debe prioritariamente tender a lograr el desarrollo de mecanismos de asignación de los fondos públicos que contemplen la solvencia fiscal, pero que a su vez promuevan la adopción de políticas que reflejen las prioridades de la sociedad

Y a su vez, el Poder Legislativo debe aportar a la superación de una situación tan grave, que es padecida por todos los correntinos a través de renovados e innovadores instrumentos destinados a favorecer el desarrollo de políticas públicas, impulsando que las mismas impacten adecuadamente en la solución sustentable de la problemática energética.

POR ELLO

EL HONORABLE SENADO Y LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

Artículo 1°.- ESTABLECESE que del total de fondos que sean obtenidos de las operaciones de crédito público autorizadas al Poder Ejecutivo por el Artículo 21 de la Ley N° 6.251, deberá destinarse prioritariamente y en un porcentaje no inferior al treinta por ciento (30%), al financiamiento de obras de infraestructura en el sistema de distribución de la energía eléctrica, a fin de resolver el déficit en la prestación de ese servicio en la Provincia.-

Artículo 2°.- De forma.


Jueves, 20 de marzo de 2014

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