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Política - Economía
Nueva queja por la desobediencia judicial del IPS
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Lunes, 2 de mayo de 2011

Corrientes (2-5-11): El número de casos es considerable. Abarca amparos y fallos de juicios, en ambos casos tienen que ver con la aplicación al salario del 82% móvil. El dato no es nuevo, desde inicios de este año cuando la actividad oficial, debido al receso veraniego, era casi nula.

Dictámenes judiciales favorables a jubilados y pensionados provinciales no eran cumplidos por el Instituto de Previsión Social (IPS), los abuelos canalizaban sus reclamos por medio del Centro que los representa.

Incluso hay un caso que grafica muchos otros, una docente de 75 años con 40 de servicio, posee dos fallos a su favor que fueron emitidos por el Superior Tribunal de Justicia (STJ) para que la mujer cobre el 82% móvil y además para que el IPS reconozca sus cargos jerárquicos.

Durante su carrera como educadora ocupó una vocalía en el ex Consejo General de Educación, fusionado hace tres años con el Ministerio del área, fue directora de escuela y maestra de aula.

A pesar de los dictámenes de la Corte provincial la jubilada no encuentra eco en ningún lado, incluso envió sendas cartas documentos a la interventora del ente autárquico pero nada, solamente una vez “me contestó la señorita Estela Regidor”, contó la abuela durante un encuentro que mantuvieron pasivos con legisladores provinciales por el tratamiento de una nueva ley provisional semanas atrás.

La funcionaria abría explicado que el caso en cuestión no es urgente ya que los haberes percibidos por la reclamante no son bajos, “pero lo que yo reclamo es mío, no estoy pidiendo que me mejoren el sueldo porque sí. Es algo que me pertenece y por lo que trabajé cuarenta años”, dijo la docente jubilada.

Ayer el tema de la desobediencia judicial en el IPS volvió a la superficie pública tras un comunicado del Centro de Jubilados y Pensionados provinciales. La entidad retomó una vieja advertencia hacia las autoridades provinciales del organismo al reiterar que si continúa tal situación, habrá denuncias penales por desobedecer fallos judiciales, como el caso citado más arriba.

Los dictámenes son avisados desde tribunales a las oficinas del IPS y desde se momento deben empezar a regir, la mayoría apuntan a la aplicación del 82% móvil que los jueces lo calcula sobre los últimos cuatro años como lo establece la antigua ley previsional anulada por la última intervención federal a la provincia en el año 2000.

Caso de jubilado municipal

Jubilado Municipal Mariano Araujo: se le notificó al IPS que debía cumplir con la medida cautelar de abonarle el sueldo de acuerdo al 82 por ciento móvil hace un año sin que hasta el momento se le pague la suma correspondiente, incluidas intimaciones enviadas cinco veces por el Centro de Jubilados, pero hasta el momento la medida dispuesta por un juez provincial no se cumple.
Ni siquiera tampoco hubo respuesta formal alguna por parte del organismo provincial al jubilado a quien la Justicia le dio la razón.


Lunes, 2 de mayo de 2011

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