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Judiciales
Desestiman denuncia contra la JuezaAna gaúna de Atencia, quien retardó aviezamente el fallo por la causa Schauvinhold jueza de Libres
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Martes, 3 de abril de 2012

En una muestra más de clara protección politica y de espíritu de cuerpo mal entendidoy ya que las causas por la que fue denunciada la magistrada retardaron e impidieron que se cumpla un fallo del STJ, el Consejo de la Magistratura desestimó una denuncia presentada contra la titular del Juzgado Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de Paso de los Libres, doctora Ana de Jesús Gauna de Atencia, acusada de prevaricato, denegación y retardo de justicia, incumplimiento de los deberes de funcionario público, defraudación y asociación ilícita. Las acusaciones fueron formuladas por el abogado de la familia de un sujeto que debía ser indemnizado por la Municipalidad de Paso de los Libres, luego haber sufrido un accidente que le ocasionó una incapacidad laboral total y permanente a la edad de 27 años.

El resarcimiento de los daños sufridos se había fijado en $364.000 más intereses y teniendo sentencia firme desde el 2007 la víctima aún no ha podido percibir la indemnización.

El abogado acusó a la doctora Atencia, a cargo del Juzgado donde se radicó la causa, de denegación y retardo de justicia, incumplimiento de los deberes de funcionario público, cohecho y tráfico de influencias, abuso de poder, defraudación y asociación ilícita para defraudar a los derechos de la víctima discapacitada.

Al analizar el caso los integrantes del Consejo de la Magistratura señalaron que la gravedad del cuadro de salud y el estado de incapacidad plena de la víctima del accidente era evidente, pero al mismo tiempo los jueces debían considerar las cuestiones sometidas a su conocimiento, en especial cuando el ejercicio de jurisdicción solicitado tiende a remediar un agravio a la integridad de la persona, tutelada por la Convención Americana sobre los Derechos Humanos y por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Los consejeros coincidieron en que la dirección procesal que imprimió la magistrada a la ejecución de sentencia -y que constituye el núcleo fáctico de la denuncia- no configura ninguno de los delitos denunciados, ni es una conducta impropia. Por tanto, no era posible derivar la conclusión de falta de idoneidad para el ejercicio del cargo.

Indicaron que el criterio de la juez de Paso de los Libres era la protección del interés público comprometido con el embargo de fondos públicos y la posible interrupción de servicios públicos indispensables para la comunidad, y encontró voluntad de pago en las rechazadas propuestas de la Municipalidad. “Se trata en definitiva de distintas interpretaciones de las mismas normas y hechos” afirmaron los doctores María Eugenia Sierra, por parte de los Magistrados y Funcionarios del Ministerio Público; Verónica Torres por la Facultad de Derecho de la UNNE y por el Colegio de Abogados de la Cuarta Circunscripción Judicial, Rubén Zambón.


Martes, 3 de abril de 2012

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