Viernes, 17 de Mayo de 2024
  
17/05/2024 03:10:36
Política
Los Diputados Locatelli y Rubín proponen un Plan Integral de Oportunidades y Equidad de Género
Compartir en Facebook    Compartir este artículo en Twitter    Compartir este artículo en WhatsApp    Imprimir esta nota
Miércoles, 4 de julio de 2012

Se trata de un Plan de Igualdad Real de Oportunidades y de Trato entre Mujeres y Varones en el ámbito provincia”. Esta Ley tiene como objeto garantizar a las mujeres el pleno reconocimiento, goce y ejercicio de sus derechos y garantías, y promover la igualdad real de oportunidades y de trato entre varones y mujeres.

Los diputados del Frente para la Victoria, Alicia Locatelli y Carlos Rubin presentarán esta noche una nueva propuesta entorno a la equidad de género. Se trata del proyecto de ley denominado IGUALDAD REAL OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y VARONES. La norma establece la creación de un Plan de Igualdad Real de Oportunidades y de Trato entre Mujeres y Varones en el ámbito provincia. Esta Ley tiene como objeto garantizar a las mujeres el pleno reconocimiento, goce y ejercicio de sus derechos y garantías, y promover la igualdad real de oportunidades y de trato entre varones y mujeres.



Para llevar a cabo el plan y verificar su normal desarrollo, los legisladores justicialistas proponen la creación de un OBSERVATORIO DE LA MUJER, constituido legislativamente y con amplia participación para hacer visibles públicamente las acciones emprendidas, las propuestas y las estadísticas e índices que demuestren los avances y retrocesos su efectiva aplicación.



“Consideramos necesario diseñar un PLAN INTEGRAL que debe ser cumplido por el ESTADO PROVINCIAL y los municipios que se adhieran, en todos los poderes y niveles de responsabilidad” expresaron la dupla legislativa Rubin-Locatelli. “Los antecedentes legales comparados, los Tratados Internacionales sobre la MUJER incorporados a la CONSTITUCION NACIONAL son profusos y muestran la voluntad generalizada de PUEBLOS y GOBIERNOS en erradicar toda discriminación contra la mujer” expresan los diputados dando cuenta de algunas declaraciones al respecto como La CONFERENCIA REGIONAL sobre la MUJER de AMERICA LATINA y el CARIBE de la CEPAL, entre otros” agregan.



El proyecto de ley consta de dos (2) capítulos y 25 artículos que expresan los detalles del plan así como sus actores, protagonistas, estructura, y términos técnicos entre otros. Los mismo servirían de base para instalar definitivamente la igualadad de oportunidades y la equidad de género en todas las áreas del Estado, incluyendo los municipios. Varios de estos puntos ezpresan la matriz del proyecto de forma clara y concreta.



Por ejemplo, en el Artículo 5º del proyecto se establece la Incorporación de la perspectiva de género. “El Estado Provincial, en todos sus poderes y entidades autárquicas, incorpora la perspectiva de género en:

a. El diseño y ejecución de sus políticas públicas y de todos los planes y programas que de ellas se deriven.

b. La presentación de informes que eleve el gobierno a los comités de seguimiento de convenciones y a los organismos nacionales e internacionales.

c. La elaboración de todas las estadísticas y la información resultante de las diversas áreas.



Asimismo el Artículo 9º se fijan los siguientes objetivos del Plan de Igualdad:

a. La inserción económica, social, laboral, política y ciudadana, el acceso a puestos de decisión y la integración en las políticas de desarrollo, en condiciones igualitarias para mujeres y varones.

b. La participación en condiciones de paridad de mujeres y varones en los procesos de elaboración y transmisión de conocimientos en todos los niveles y en el desarrollo de opciones educativas y profesionales.

c. Investigaciones y campañas tendientes a hacer visible y cuantificar el aporte de varones y mujeres en el trabajo doméstico y familiar y su contribución a la economía.

d. El reparto equitativo de las tareas y responsabilidades domésticas y familiares.

e. La integración de mujeres y varones en condiciones de igualdad en las políticas de desarrollo.

f. La investigación y diseño de los programas socio–sanitarios que afectan a las mujeres en particular.

g. El estímulo a la labor de las organizaciones para la defensa de los derechos de las mujeres y la igualdad de oportunidades y su participación en la implementación de las acciones previstas en la presente ley.


Miércoles, 4 de julio de 2012

Copyright ©2008
Surcorrentino.com.ar
Todos los derechos reservados

DESARROLADO POR:
www.chamigonet.com.ar